sábado, 24 de septiembre de 2011

Tarjeta profesional del sector del metal

El pasado día 24 de Septiembre culminó en Lucena el curso de formación continua Curso de  la Tarjeta Priofesional del Metal  ( TPM ).

El curso ha sido impartido en la sede de UGT en Lucena con un total de 20 Alumnos, todos del sector del Metal, dos de ellos desempleados.

 

 
Como ya es conocedor, la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción exige a las empresas que desarrollen sus actividades en obras de construcción la acreditación de la formación preventiva de los trabajadores. El artículo 10 de la citada Ley promueve la capacidad de los convenios colectivos para prefijar los contenidos y programas formativos por especialidad.
El Acuerdo Estatal del Sector del Metal define la formación que deben tener los trabajadores del sector en materia de prevención de riesgos laborales y establece la obligación por parte de los mismos de disponer de la Tarjeta Profesional para el Sector del Metal, que servirá para acreditar que su titular ha recibido al menos formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con el citado Acuerdo y con la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación.
Las empresas afectadas por dicho acuerdo son aquellas que están dentro del convenio del Metal y que desarrollan actividades en el sector de la construcción como por ejemplo las empresas de carpintería y cerrajería metálicas, fontanería, instalación de climatización, instalaciones eléctricas, calefacción, gas y energías renovables, montaje de ferralla y estructuras metálicas, aislamiento térmico, acústico y antivibratorio, actividades auxiliares de la construcción, tendidos de cables y redes telefónicas, señalización y electrificación de ferrocarriles, industrias manufactureras diversas, etc.
El sistema de acreditación de dicha formación será mediante la Tarjeta Profesional del Metal (TPM) de obligada disposición por parte de los trabajadores que quieran acceder a las obras a partir de 1 de Enero del 2012. Existe la interpretación que ese plazo de prorroga es exclusivamente para la obtención de la TPC, y que la obligación empresarial de la formación preventiva de acuerdo a los contenidos formativos entra en vigor el 1 de enero de 2010 de acuerdo con la Resolución del 12 de Mayo de la Dirección General del Trabajo – BOE, 29 de Mayo del 2009 (posiblemente se publique una nueva resolución que amplíe este plazo dos años más).
Dado que desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de R.L. 31/95, se viene impartiendo formación preventiva, se hizo necesario un cuadro de homologaciones de modo que a los trabajadores con cierta formación preventiva recibida anteriormente no fuese necesaria impartir ciertos contenidos repetidos en la nueva formación reglada.
Y lo más importante, dado que un gran número de trabajadores del sector pudiese ser objeto de dicha homologación o reconocimiento, dicha resolución propone que plazo para la solicitud en los reconocimientos de formación recibida antes del 1 de enero de 2010 caducará a todos los efectos el 28 de febrero de 2010.
En definitiva, los nuevos contenidos formativos pueden ser exigidos a partir del 1 de enero del 2010 para el acceso a las obras de construcción, pudiendo vetarse la entrada de los trabajadores que no la tuviesen, que existe un plazo hasta el 31 de diciembre del 2011 para la tramitación de la Tarjeta Profesional, y que en caso de querer homologar la formación anterior al 1 de enero del 2010 a esa fecha tenemos el plazo hasta el 28 de febrero del 2010.
Tanto las empresas de Prevención de Riesgos Laborales como las mutuas de accidente de trabajo que estén homologadas para impartir  formación le organizaran grupos de formación para los trabajadores de su empresa, pudiendo ser estos cursos bonificables a través de la Fundación Tripartita.

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