lunes, 31 de diciembre de 2012

 
 
La Seguridad Social licita las obras de su nueva sede en Lucena.
 
 
El Diario Oficial de la Unión Europea y el BOE acaban de publicar el anuncio del Servicio de Obras del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para la licitación de la construcción del edificio que albergará las oficinas de la Seguridad Social en Lucena, inmueble que se ubicará en el solar adquirido por el INSS hace siete años al ayuntamiento de Lucena entre las calles Zagrilla, Carcabuey y Montilla.
Según indica el pliego de condiciones, las obras contarán con un plazo de ejecución de 22 meses y se tramitan por procedimiento ordinario, siendo la oferta con el precio más bajo el criterio principal de adjudicación. La actuación cuenta con un precio base de licitación de 6.149.074 euros más IVA, lo que eleva el coste final a 7.440.380,06 euros.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo día 14 de febrero de 2013 y la apertura de plicas se llevará a cabo el 11 de marzo de 2013, a las 10:00 horas.

UN POCO DE HISTORIA
La historia de estas obras se remonta hasta 2004. En enero de ese año, el entonces director provincial de la Tesorería de la Seguridad Social, Marcial Prieto, visitaba varios solares de propiedad municipal aptos para la construcción de un nuevo edificio para el Instituto Nacional de la Seguridad Social, medida con la que se intentaba acabar con la dispersión de sus servicios comarcales, que en Lucena prestaba desde unas oficinas en la calle San Pedro y otras en el Centro de Salud.
Entre los terrenos visitados, los técnicos del INSS mostraron su preferencia por este solar de 1.403 metros cuadrados, con posibilidades para construir una superficie útil de 3.993 metros cuadrados, 1.493 de ellos bajo rasante. En septiembre de ese año, el pleno daba luz verde a la transmisión a la Tesorería General de la Seguridad Social de la parcela de propiedad municipal –obtenida mediante cesiones urbanísticas– en la que este organismo pretendía iniciar las obras de forma inmediata. Los terrenos eran valorados por el Ayuntamiento de Lucena en 941.174 euros.
La operación se cerraba en 2005. La venta de los suelos permitió al ayuntamiento continuar las intervenciones en el Cementerio de San Jorge, concluir la Biblioteca Municipal e iniciar las obras de la primera fase de ampliación del Recinto Ferial.
A finales de 2009 el INSS solicitaba a la Gerencia Municipal de Urbanismo licencia de obra mayor para iniciar la construcción del nuevo centro, aunque las obras no se iniciaron, salvo para la construcción de una valla perimetral.
Todo hace indicar que será en 2013, casi nueve años después de que el INSS se interesara por estos suelos, cuando den comienzo las obras.
 


 

miércoles, 28 de noviembre de 2012


RESOLUCION DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2012, DE LA DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE EN CORDOBA. POR LA QUE SE REALIZA CONVOCATORIA PUBLICA PARA CUBRIR, CON OCASION DE VACANTE, PUESTOS DOCENTES ESPECIFICOS EN DIFERENTES PROGRAMAS EDUCATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR.


 
 

 

En virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 27 /1983, de 21 de diciembre y de conformidad con lo establecido en el articulo 28 del Decreto 302/2010 por el que se ordena la función publica docente y se regula elección del profesorado y al provisión de puesto de trabajo, así como en el capitulo lll de la orden de 24 de Mayo de 2011, por, la que se regulan los procedimientos de provision con carácter provisional de puesto de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de genero, esta Delegación Territorial de educación, Cultura y Deporte de Córdoba, ha resuelto realizar convocatoria publica para la cobertura de puestos docentes específicos para el curso 2012/2013, sujeta a las siguientes..........







 

 

martes, 27 de noviembre de 2012


LISTADO PROVISIONAL DE INTEGRANTES DE BOLSA DE PERSONAL LABORAL DE LA CATEGORÍA DE ORDENANZA, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA DE ACCESO EFECTUADA POR LA ORDEN DE 6 DE JUNIO DE 2005 PROVINCIA DE CORDOBA
 
si quieres obtener la lista de integrantes (PINCHA EN EL ENLACE)     https://dl.dropbox.com/u/100662035/BOLSA_ORDENANZA_1a_entrega_provisional_Cordoba.rar
 
 

martes, 20 de noviembre de 2012

 
Desde UGT queremos informar a nuestros lectores, que la federación de MCA iniciara proximamente cursos de la Tarjeta Profesional de la Madera.
 
 
 
 
 
Desde este mismo momento, se podrán inscribir los interesados a través de correo electrónico facilitando nombre, y teléfono para un futuro contacto, vía teléfono 957299022   649145597 Agustin ó directamente en nuestra sede.

viernes, 16 de noviembre de 2012

Declarada Nula la Ampliacion de la Jornada Laboral del Ayuntamiento de Umbrete (SEVILLA)
 
 
 
 
 
Procedimiento: 846 / 2012
                       EN NOMBRE DE S.M. EL REY
EL ILMO. SR. D. CARLOS MANCHO SÁNCHEZ, MAGISTRADO-JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE SEVILLA, HA PRONUNCIADO LA SIGUIENTE:
SENTENCIA      377  /  2012
 
En SEVILLA, a dieciocho de octubre de dos mil doce, vistos en juicio oral y público los presentes AUTOS, seguidos en este Juzgado bajo el número 846 / 2012, promovidos por UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES  contra AYUNTAMIENTO DE UMBRETE sobre Conflicto Colectivo,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En fecha 5/7/12 tuvo entrada en este Juzgado demanda que encabeza las presentes actuaciones, y admitida a trámite y cumplida las formalidades legales, se señaló el día 16/10/12 para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio, en los que los comparecientes alegaron lo que estimaron pertinente, y luego de la práctica de la prueba propuesta y admitida, elevaron sus conclusiones a definitivas, quedando los autos conclusos y vistos para sentencia.
SEGUNDO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
 
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- El Ayuntamiento de Umbrete decidió aplicar a sus trabajadores una ampliación de jornada hasta las 37,5 horas semanales, desde el 1 de junio de 2012, en aplicación del Real Decreto Ley 20/11 y del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2012, en los términos expresados en la comunicación obrante al folio 6 de los autos, cuyo contenido se tiene aquí por reproducido.
 
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO.- Los anteriores hechos probados resultan de los documentos aportados a los autos.
SEGUNDO.- El sindicato demandante impugna ¡a aplicación de jornada decidida por el Ayuntamiento demandado. Esta decisión se funda en que dicha ampliación resulta obligatoria para el Ayuntamiento en virtud, en primer término, del R.D.L. 20/11. Se alega por el demandado que tanto la exposición de motivos de dicha norma, como su artículo 2, disponen que va dirigida a la totalidad del sector público, con inclusión en el mismo de las corporaciones locales. Sin embargo la exposición de motivos carece de efecto normativo, vinculante, debiendo acudirse a ella solo a los meros efectos interpretativos cuando la oscuridad o la antinomia de su articulado lo hagan preciso, lo que como se verá a continuación no es el caso.
Por su parte el artículo 2 establece que las corporaciones locales constituyen sector público tan solo a efectos de las retribuciones del personal, lo que no es el caso que nos ocupa. El hecho, de que el propio artículo 2, que regula solo dichas retribuciones, se ocupe de definir lo que ha de entenderse por sector público, ya nos muestra que ese concepto de sector público no es único para todas las materias que regula el R.D.L. 20/11 pues en otro caso hubiera hecho una declaración general de lo que ha de entenderse por sector público, a todos los efectos resultantes del R.D.L. 20/11.
En efecto, sigue este, criterio distintivo en sus efectos cuando en el artículo 4, dedicado específicamente al objeto de este litigio, es decir a la reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, estableciendo una jornada de 37,5 horas semanales, al expresar que será aplicable al sector público estatal, del que no forman parte las corporaciones locales. El empleo del vocablo estatal introduce el criterio diferenciador con lo establecido en el artículo 2. Queda pues claro que la norma, para las retribuciones, es de aplicación al sector público, sin adjetivos y con expresa indicación de las entidades que lo componen, con inclusión de las locales, lo que se hacía precisó ante la generalidad del término "sector público". No así en el artículo 4, dedicado a la jornada, que se limita a aplicarlo al sector público estatal, sin necesidad de precisar qué entidades lo componen, pues el adjetivo estatal ya excluye a los organismos locales y a las comunidades autónomas. No cabe por tanto acudir a una interpretación integradora con otras partes de la norma cuando la que es objeto de interpretación, el artículo 4, no deja margen a la duda, por indicar expresamente el sector al que resulta aplicable, que no es otro que el estatal.
TERCERO.- En segundo lugar, funda la demandada su decisión, en la carta remitida a los trabajadores, en la aplicación de un anteproyecto de ley, que sin embargo carece de efecto jurídico mientras no se convierta en ley.
No obstante, dado que a la fecha actual el anteproyecto se ha convertido en ley, la Ley 2/12 de Presupuestos Generales del Estado para 2012, de 29 de junio, la regulación en la misma de esta concreta materia, es decir de la jornada de 37,5 horas semanales en el sector público, ofrece la misma solución que el R.D.L. 20/11 pues su disposición Adicional 71a expresa las entidades que a los efectos de dicha jornada conforman el sector público, sin incluir en ellas a las corporaciones locales.
CUARTO.- Si la aplicación de la jornada decidida por la demandada no encuentra apoyo en las nuevas leyes dictadas, deberá someterse al proceso negociador con la representación legal de los trabajadores, en virtud del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, y al no haberlo hecho su decisión es nula.
QUINTO.- Consecuencia de la nulidad de la ampliación de jornada es que las 2,5 horas semanales objeto de ampliación constituyen un exceso sobre la jornada ordinaria de 35 horas semanales establecida en el Convenio Colectivo que, conforme a los artículos 34 y 35 del Estatuto, tienen la consideración de horas extraordinarias y como tales habrán de ahornarse.
En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por UNIÓN GENERAL   DE   TRABAJADORES contra el  AYUNTAMIENTO DE UMBRETE, debo declarar y declaro la nulidad de la decisión de la demandada de ampliar la jornada a 37,5 horas semanales con efectos de 1 de junio y debo condenar y condeno a la misma a mantener la jornada de 35 horas semanales y a abonar a sus trabajadores como horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado dentro de los Cinco Días hábiles siguientes al de su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
 
 
 
 

miércoles, 14 de noviembre de 2012





Descuento de salario por huelga: cuándo, cómo y cuánto.




Cuándo y qué se puede descontar. Si tu empresa no abre el día de la huelga, no pueden descontar nada a nadie, ni tampoco a los que preavisaron que iban a hacer huelga. Ya lo explicamos. Si tu empresa abre y se ve realmente obligada a cerrar por las causas del artículo 12 del RDL 17/77 (piquetes violentos, ocupación o no poder funcionar por las ausencias), pueden descontar un día a toda la......................(leer mas)

domingo, 11 de noviembre de 2012

 
 
 
Como ya es sabido por todos, el próximo día 14 de Noviembre sera la Huelga General que han convocado los Sindicatos.
 
Con el animo de PARAR, el atropello a los derechos al que estamos siendo sometidos los Españoles sin discriminación de edades, ni de situación económica, ni laboral por este gobierno, se informa a los lectores del Blog que se esta reclutando PIQUETES INFORMATIVOS, para ese día.
 
Los interesados en participar, pueden contactar al 649 14 55 97, para confirmar la asistencia y participación, ó presentarse a las 6 de la mañana de ese dia en el recinto ferial.
 
por tus derechos, por los de nuestros ascendientes, y descendientes  PARTICIPA, que al final saldremos todos ganando si podemos parar esto.

martes, 6 de noviembre de 2012

 
 
HUELGA GENERAL 14N
 
 
 
 
          El próximo Jueves día 8 a las 19:00 se celebrara una asamblea con el fin de explicar no solo el motivo de la Huelga, si no también de las actuaciones que los sindicatos vamos a realizar.
 

         Es por ello, que esperamos tu asistencia en la sede de la UGT sito en calle San Pedro 46.
 
          Durante la asamblea, estaremos abiertos a propuestas, sugerencias y opiniones referente a las actuaciones a realizar durante la huelga.
 
          Entre todos podemos parar esto, por ello asiste a la asamblea.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

lunes, 29 de octubre de 2012

                            
    



Tener demasiada plantilla es causa suficiente de despido en la Administración Pública.



Al menos así se ha pronunciado el TSJ de Andalucía en una sentencia sobre un ERE de un Ayuntamiento.

Lo importante es que uno de sus fundamentos de derecho podría ser aplicable a miles de Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, empresas públicas de todo tipo, etc.

Dice que "la más evidente causa organizativa justificativa del despido objetivo es........  






Sindicatos, empresarios y profesionales de la construcción se constituyen en una plataforma para relanzar el sector en Andalucía.







Las federaciones de Metal, Construcción y Afines (MCA) de UGT Andalucía, junto con su homóloga de CCOO presentan oficialmente la Plataforma en Defensa del sector de Andalucía, integrada por 16 miembros relacionados directa e indirectamente con una actividad que generaba el 13% del PIB en Andalucía en su época de bonanza y ha perdido en los últimos cinco años casi el 70% de los empleos y el 30% de las empresas. Los integrantes advierten de la situación tan delicada que vive el sector, asfixiado principalmente por el impago de las Administraciones que calcula en más de 410 millones de euros. Reclaman inversiones razonables que reviertan en empleo y riqueza.    Leer mas....


Al final de la lectura, encontraran un enlace para poder leer ademas, el manifiesto.

jueves, 25 de octubre de 2012


NUEVO CONVENIO CON EMPRESAS

El miércoles, 7 de septiembre de 2011, se publico en este blog las empresas  LUCENTINAS, habian firmado con UGT un convenio para ofrecer precios especiales a los AFILIADOS  a este sindicato.

Las empresas son:
              *  TALLER DE CHAPA Y PINTURA JOSE ARROYO
              *  JOYERIA  AGUILERA
              *  NEUMATICOS  LUCENA


En esta ocasión, es la incorporacion de una nueva empresa al convenio, la empresa TOPhealth  con tres centros en la provincia de Cordoba, donde uno de ellos esta situado en Lucena.


No dudes en contactar con nosotros a traves del, Email al que te enviaremos un listado con los precios, ó al telefono 957 59 06 15   y te podremos informar de los precios especiales a los AFILIADOS a UGT, ademas de poder acudir direcamente al centro e informarte.

miércoles, 17 de octubre de 2012



PARA CABREARNOS UN POQUITO MAS

“LA BANCA, EL FRAUDE FISCAL Y EL NEW YORK TIMES”
articulo de Vicenç Navarro

     El New York Times ha ido publicando una serie de artículos sobre Emilio Botín, presentado por tal rotativo como el banquero más influyente de España, y Presidente del Banco de Santander, que tienen inversiones financieras de gran peso en Brasil, en Gran Bretaña y en Estados Unidos,además de enEspaña. En EE..UU. el Banco de Santander es propietario de Sovereign Bank.
     Lo que le interesa al rotativo estadounidense no es, sin embargo, el comportamiento bancario del Santander, sino el de su Presidente y el de su familia, así como su enorme influencia política y mediática en España.
     Un indicador de esto último es que ninguno de los cinco rotativos más importantes del país ha citado o hecho comentarios sobre esta serie de artículos en el diario más influyente de EE.UU. y uno de los más influyentes del mundo.
     Es de suponer que si se escribieran artículos semejantes, por ejemplo,sobre el expresidente Zapatero, tales reportajes serían noticia. No así en el caso Emilio Botín.
     Una discusión importante de tales artículos es el ocultamiento por parte de Emilio Botín y de su familia de unas cuentas secretas establecidas desde la Guerra Civil en la banca suiza HSBC. Por lo visto, en las cuentas de tal banco había 2.000 millones de euros que nunca se habían declarado a las autoridades tributarias del Estado español.
      Pero, un empleado de tal banco suizo, despechado por el maltrato recibido por tal banco, decidió publicar los nombres de las personas que depositaban su dinero en dicha banca suiza, sin nunca declararlo en sus propios países.
      Entre ellos había nada menos que 569 españoles, incluyendo a Emilio Botín y su familia, con grandes nombres de la vida política y empresarial (entre ellos, por cierto, el padre del President de la Generalitat, el Sr. Artur Mas; José María Aznar; Dolores Cospedal; Rodrigo Rato; Narcís Serra; Eduardo Zaplana; Miguel Boyer; José Folgado; Carlos Solchaga; Josep Piqué; Rafael Arias-Salgado; Pío Cabanillas; Isabel Tocino; Jordi Sevilla; Josu Jon Imaz; José María Michavila; Juan Miguel Villar Mir; Anna Birulés; Abel Matutes; Julián García Vargas; Ángel Acebes; Eduardo Serra; Marcelino Oreja...). Según el New York Times, esta práctica es muy común entre las grandes familias, las grandes empresas y la gran banca. El fraude fiscal en estos sectores es enorme.
      Según la propia Agencia Tributaria española, el 74% del fraude fiscal se centra en estos grupos, con un total de 44.000 millones de euros que el Estado español (incluido el central y los autonómicos) no ingresa. Esta cantidad, por cierto, casi alcanza la cifra del déficit de gasto público social de España respecto la media de la UE-15 (66.000 millones de euros), es decir, el gasto que España debería gastarse en su Estado del Bienestar (sanidad, educación, escuelas de infancia, servicios a personas con dependencia, y otros) por el nivel de desarrollo económico que tiene y que no se gasta porque el Estado no recoge tales fondos.
     Y una de las causas de que no se recojan es precisamente el fraude fiscal realizado por estos colectivos citados en el New York Times. El resultado de su influencia es que el Estado no se atreve a recogerlos. En realidad, la gran mayoría de investigaciones de fraude fiscal de la Agencia Tributaria se centra en los autónomos y profesionales liberales, cuyo fraude fiscal representa -según los técnicos de la Agencia Tributaria del Estado español- sólo el 8% del fraude fiscal total.
     Es también conocida la intervención de autoridades públicas para proteger al Sr. Emilio Botín de las pesquisas de la propia Agencia Tributaria. El caso más conocido es la gestión realizada por la exVicepresidenta del Gobierno español, la Sra. De la Vega, para interrumpir una de tales investigaciones. Pero el Sr. Botín no es el único. 
     Como señala el New York Times, hace dos años, César Alierta, presidente de Telefónica, que estaba siendo investigado, dejó de estarlo.
     Como escribe el New York Times con cierta ironía, "el Tribunal desistió de continuar estudiando el caso porque, según el juez, ya había pasado demasiado tiempo entre el momento de los hechos y su presentación al tribunal".
     Una medida que juega a favor de los fraudulentos es la ineficacia del Estado así como su temor a realizar la investigación. Fue nada menos que el Presidente del Gobierno español, el Sr. José Mª Aznar, que en un momento de franqueza admitió que "los ricos no pagan impuestos en España". Tal tolerancia por parte del Estado con el fraude fiscal de los súperricos se justifica con el argumento de que, aún cuando no pagan impuestos, las consecuencias de ello son limitadas porque son pocos. El Presidente de la Generalitat de Catalunya, el Sr. Artur Mas, ha indicado que la subida de impuestos de los ricos y súper ricos tiene más un valor testimonial que práctico, pues su número es escaso. 
     La solidez de tal argumento, sin embargo, es nula.
     En realidad, alcanza niveles de frivolidad. Ignora la enorme concentración de las rentas y de la propiedad existente en España (y en Catalunya), uno de los países donde las desigualdades sociales son mayores y el impacto redistributivo del Estado es menor. Los 44.000 millones de euros al año que no se recaudan de los súper ricos por parte del Estado hubieran evitado los enormes recortes de gasto público social que el Estado español está hoy
realizando.
     Pero otra observación que hace el New York Times sobre el fraude fiscal y la banca es el silencio que existe en los medios de información sobre tal fraude fiscal.
     Tal rotativo cita a Salvador Arancibia, un periodista de temas financieros en Madrid, que trabajó para el Banco Santander, que señala como causas de este silencio el hecho de que el Banco Santander gasta mucho dinero en anuncios omerciales, siendo la banca uno de los sectores más importantes  en la financiación de los medios, no sólo comprando espacio de anuncios comerciales, sino también proveyendo créditos-aclara el Sr. Salvador Arancibia "...medidas de enorme importancia en un momento como el actual, donde los medios están en una situación financiera muy delicada".
     De ahí que tenga que agradecer al diario que se atreva a publicarlo, porque hoy, artículos como los que publica el New ork Times y el mío propio, no tienen fácil publicación en nuestro país. Es lo que llaman "libertad de prensa".

Vicenç Navarro, Catedrático de Políticas Públicas de la Universidad Pompeu Fabra y Profesor de Public Policy,
The Johns Hopkins University.


POR FAVOR dale a COMPARTIR , Y QUE CORRA LA VOZ

- GRACIAS -
" Sé el cambio que quieres ver en el mundo "

lunes, 15 de octubre de 2012



GUIA SINDICAL

Hemos recibido una GUIA SINDICAL,  que se trata de una herramienta de trabajo, orientada a facilitar la   labor a los representantes de los trabajadores en la negociación colectiva y orientarles sobre cómo actuar en determinadas situaciones creadas por la nueva Ley.



si tienes algun problema en la descarga, manda un email ó llama al 649145597, y te la enviaremos por Email.



viernes, 12 de octubre de 2012

Esto si que es de JUZGADO DE GUARDIA

Se establece el copago para prótesis, productos dietéticos y del transporte sanitario no urgente


En cuanto a los usuarios de prótesis, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente la obligatoriedad de cofinanciación será por renta teniendo en cuenta los baremos establecidos. Según el BOE, "el porcentaje de aportación del usuario se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique ningún límite de cuantía a esta aportación".


SI ALGUIEN NECESITA UNA PROTESIS, TENDRA QUE PAGAR UNA PARTE DEL IMPORTE.


Consultas gratuitas con los abogados de UGT Andalucia hasta el 31 de diciembre.




El 83% de los casos llevados por la Fundación Socio Laboral Andalucía en 2011 se resolvieron a favor del demandante. Hasta el final de este año el sindicato ofrece todas las consultas con el mejor bufete andaluz de abogados laboralistas sin coste alguno.






Con más del 80% de éxito en sus demandas, la Fundación Socio Laboral Andalucía (FSL) atendió el pasado año 2011 a un total de 22.992 personas. En 19.069 casos se abrió expediente, 8.513 de los cuales fueron a juicio.

De ellos, el 78% los ganaron en primera instancia y el 50% en la segunda vista.

Son 52 abogados especializados en casos laborales repartidos por toda Andalucía. Despidos, indemnizaciones, modificaciones de contrato, pensiones…

Día a día se enfrentan a las ilegalidades en el ámbito laboral en nuestra comunidad, y en cuatro de cada cinco ocasiones salen victoriosos. Una plantilla joven, formada en un 70% por mujeres que cuenta con el aval del Certificado de Calidad entregado por la empresa Buroveritas.

El secreto de su éxito, según Francisco Díaz, Director de la FSL es "la especialización".  Además, los honorarios de los letrados no tienen competencia en el mercado, ya que "la FSL no tiene ánimo de lucro y puede ofrecer sus servicios a un precio menor, puesto que son sostenidos con las cuotas de los afiliados y el propio sindicato", asegura Díaz.

La Fundación Socio Laboral Andalucía es una entidad sin ánimo de lucro especializada en la prestación de servicios jurídicos relacionados con el mundo laboral a los afiliados de UGT y a los trabajadores de Andalucía en general.

Cuenta con el respaldo institucional del sindicato, los precios más bajos del mercado y una especialización y profesionalidad únicas. Además, ahora las consultas son gratuitas.



¿A qué estás esperando para consultar tu caso?


sábado, 29 de septiembre de 2012


Manifestacion a favor de la Industria en Cordóba

COMUNICADO DE CONVOCATORIA


PLANO  DEL  RECORRIDO



Para ver la imagen mas grande, pincha sobre ella.

Si quieres imprimir el documento, cliquea sobre la imagen, luego raton derecho, y descargar imagen como.

¡¡¡¡ Buen Fin de Semana !!! y si sales de viaje, recuerda que la semana que viene habra nuevas actualizaciones del blog, y quiero que las leas.

viernes, 21 de septiembre de 2012

OFERTA DE EMPLEO PARA LA VENDIMIA EN FRANCIA






El Contacto para la provincia de cordoba es al numero 957 29 76 77

SUERTE